25/06/2013 Bitácora. Carta de La Escuela de Ciudadanos al Tribunal Supremo de Justicia

Bitácora. Carta de La Escuela de Ciudadanos al Tribunal Supremo de Justicia.
Esperando que los magistrados decidan.
Lunes, 24 junio a las 18:23:20

Noticia

La asociación civil La Escuela de Ciudadanos entregará una carta a los magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia la próxima semana. Con el objeto de solicitar que se decida sobre la demanda de nulidad de la Resolución 058 del Ministerio de Educación antes de que finalice el año escolar.


La asociación civil La Escuela de Ciudadanos entregará una carta a los magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia la próxima semana. Con el objeto de solicitar que se decida sobre la demanda de nulidad de la Resolución 058 del Ministerio de Educación antes de que finalice el año escolar.

Desean los miembros de La Escuela garantizar que para el lapso académico 2013-2014, que comenzará en septiembre, las normas sobre organización de la comunidad educativa estén claras y se hayan aprobado luego de una consulta general, tal como está previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública.

¿Por qué La Escuela de Ciudadanos actúa sobre una demanda de la Red de Madres, Padres y Representantes? ¿Por qué en nuestra columna semanal sobre comunidades y condominios abordamos este tema?

Porque la resolución al ser aprobada sin dar cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública, en materia de participación y consulta (artículos 139 y 140), sienta un precedente que pone en riesgo la garantía de la democracia participativa y protagónica de la Constitución vigente.

Supongamos que el ejemplo del Ministerio de Educación, reglamentar sin consultar, es seguido por los despachos con competencia en la materia de consejos comunales, juntas de condominio, asociaciones civiles, justicia de paz comunal o trabajadores residenciales, y se reglamentan dichas figuras y espacios sociales sin consultar y sin participación de sus protagonistas, de los actores sujetos de la norma. Sería un obstáculo para la participación ciudadana y para el poder popular, sería ilegal y negaría el espíritu constitucional, sería un fraude.

Desde la perspectiva de agrupaciones como La Escuela de Ciudadanos y Mi Condominio.com, declarar la nulidad de la Resolución 058 crearía el ambiente apropiado para que el Ministerio de Educación y todos los sectores involucrados con la vida escolar puedan producir una normativa que estimule la participación y la calidad educativa, coherentemente con la Constitución, participando, protagonizando.

Ejemplo que debería ser seguido, a la brevedad, para reglamentar la Ley para la Dignificación de las Trabajadoras Residenciales (que fue aprobada justamente sin consultar al sector que se pretendía beneficiar), la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (especialmente en el aspecto de la participación comunitaria), la Ley de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, la Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela (que también crea una figura comunitaria y se aprobó sin consultar a las propiascomunidades) y la Ley Orgánica de los Consejos Comunales.

Todos esos procesos, deberían adelantarse de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública. Y no debería volver a reglamentarse desde un despacho oficial, menos aún en materia de participación ciudadana, sin abrir la consulta prevista en el ordenamiento jurídico, de acuerdo a la Constitución.

Por ello el recordatorio público a los magistrados, que tienen en sus manos y sus conciencias una enorme responsabilidad. Seguimos en espera de que se haga justicia.

¿Tendremos jueces de paz?

Hablando del Tribunal Supremo de Justicia y de consultas. En la segunda disposición transitoria de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal se le encarga al TSJ su reglamento general y otro sobre la normativa de sus funciones y de su personal auxiliar. Se le asignan 90 días para cumplir este mandato, a partir del 2 de mayo de 2012. O sea, hace casi un año que el máximo tribunal estará en mora con la sociedad. Por cierto, expresamente indica la disposición que "este reglamento debe ser consultado con los jueces de paz".

¿Tendremos jueces de paz? No es imprescindible que la ley esté reglamentada para ejercer el derecho a contar con esta figura en las comunidades. Para los interesados, quedamos a sus órdenes en esantana@micondominio.com.

Agenda

Diplomados. El viernes 28, tendremos un taller para conocer y analizar casos y situaciones que enfrentan los administradores de condominios durante su ejercicio profesional. Luego, el viernes 12 de julio, el taller será con abogados que compartirán sobre juicios y sentencias relacionadas con propiedad horizontal. Ambas son interesantes oportunidades de aprendizaje. Serán parte de la formación de los alumnos de los diplomados, pero usted, puede participar escribiendo a info@micondominio.com

Caracas. El próximo sábado, 29 de junio, se dictará el taller El ABC de las Juntas de Condominio en Caracas. Es una introducción a la misión, organización, funcionamiento, marco jurídico y dinámicas de una junta de condominio. Todos los casos y dudas de los participantes serán atendidos. Para participar, puede llamar al 0212-6213160 o escribir a info@micondominio.com.

Mes del Condominio. El 15 de septiembre, se celebrará el Día del Condominio. Como este año cae día domingo, suponemos que será más sencillo para muchos conjuntos residenciales conmemorarlo. Pero, durante todo el mes se promoverán eventos e iniciativas, así que desde ahora podemos denominarlo como el mes del condominio. Ya hablaremos sobre lo que ello puede significar para las comunidades, en otra entrega.

El Periodiquito. No 160
Elías Santana

Fuente: http://www.elperiodiquito.com/article/103658/Bitacora--Carta-de-La-Escuela-de-Ciudadanos-al-Tribunal-Supremo-de-Justicia

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