14/07/2013 "Los condominios ahora son concebidos como grupos empleadores formales"

"Los condominios ahora son concebidos como grupos empleadores formales"
Aseguró la abogada experta Tibaire Altuve
Sábado, 13 julio


Luego de dos años de haberse puesto en marcha, el decreto de Ley para la dignificación de trabajadores residenciales, cientos de condominios en todo el país tuvieron que ponerse a derecho con todas las personas que laboran en conjuntos habitacionales bajo la figura de conserjes.

Al respecto, la abogada egresada de la Universidad Católica del Táchira, Tibaire Altuve, quien en la actualidad se desempeña como asesora laboral en condominios. Reiteró que estas nuevas empresas deben ser concebidas como grupos empleadores formales, ya que se apegan a todos los artículos más importantes de la Ley Orgánica para los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt).

La experta que tiene siete años trabajando en el tema laboral, específicamente con la relación de los condominios y los conserjes, asegura que a pesar de que en muchas ocasiones es difícil cumplir con los requisitos para la formalización del condominio con la presencia fija de la junta directiva en el edificio; estas personas deben hacerse la idea de que son los patronos del conserje y por ende, cumplir con todos los derechos que percibe la legislación para los empleados.


La figura del conserje podría desaparecer

Aunque va a depender de la decisión que se acuerde en cada junta de condominio, -sobre todo, de las que están por crearse en futuros proyectos habitacionales- la figura del conserje como lo conocemos podría ir desapareciendo de los conjuntos residenciales, ya que, debido a la nueva legislación, los trabajadores tienen menos atribuciones dentro de su jornada laboral y más derechos.

Para Altuve, los conserjes son la figura clave de los condominios, sin embargo, muchos grupos de vecinos no resistirán a la idea de cambiarse a la contratación de nuevas empresas prestadoras de servicio que se dediquen a labores específicas de limpieza, seguridad, jardinería y atenciones mecánicas de los servicios básicos.

"Antes entre las labores del conserje se encontraban detalles como la seguridad, velar por el buen estado de las instalaciones del edificio, recibir la correspondencia, estar atentos al funcionamiento de los servicios públicos y no solamente estaban encargados de la limpieza como es ahora; estas personas tenían más oportunidades de profesionalización y llegaban a ser verdaderamente indispensable para sus vecinos y comunidad", afirmó la asesora.

Con la vigencia de la Lottt y de la Ley de Empleados Residenciales, se desmejoran un poco las atribuciones y perfil de los conserjes, quienes tenían la posibilidad de adiestrarse, en temas que fueran más allá del aseo. “Dictamos cursos sobre cómo gerenciar edificios, donde los interesados aprenden a solventar inconvenientes en el área mecánica y eléctrica que incluye los portones, bombas de agua, ascensores, entre otros; así como también los capacitamos en inteligencia emocional para la atención al propietario”, explicó la jurista.

Este curso que ejecutan junto a la Universidad de Carabobo, ya ha egresado 46 conserjes capacitados en una primera cohorte, sin embargo, ahora esperan por el apoyo de una empresa privada, que crea en el proyecto para continuar abriendo más cupos.


Derechos de los empleados residenciales:

Si el edificio tiene vivienda de conserjería, se les permite a los empleados vivir en la referida residencia.
Dos días de descanso a la semana.
Cobro de salario mínimo.
Bono de alimentación reglamentario.
15 días de vacaciones y 15 días de bono vacacional.
Durante el período de vacaciones, el conserje puede quedarse dentro de la vivienda asignada.
Disfrute de las áreas del conjunto residencial.
Cotizar todos los beneficios de la ley como seguro social, fondo de ahorro obligatorio de vivienda, entre otros.
Los servicios básicos de la vivienda deben ser cancelados por el condominio.
El empleado tiene 90 días para desocupar la vivienda en caso de culminar la relación laboral.

Deberes de los empleados residenciales:
Cumplir con la jornada laboral con ánimo de colaboración, fidelidad y lealtad.
Completar las ocho horas de jornada laboral diaria sin utilizar este tiempo para diligencias personales.
Velar por la integrad y mantener en buen estado la vivienda asignada.
Entregar la vivienda en las condiciones en las que fue recibida.


REDES SOCIALES

Facebook: Micondominio.com
Twitter: @micondominiocom
Email: tibairealtuve@gmail.com
Info@micondominio.con


ALGUNAS CIFRAS

57 son las leyes por las que se rige un condominio

1200 condominios existen en Venezuela


Marco jurídico de la relación conserjes-condominio:

Ley Orgánica para los Trabajadores y Trabajadores. (Así como sus reglamentos).
Ley especial para la dignificación de los trabajadores residenciales.
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat).


Organizaciones que agrupan a los conserjes:

Conserjes Unidos por Venezuela.
Asociación civil "Por un sueño real" (Dedicados a luchar por viviendas propias).
Sindicato Nacional de Conserjes.


¿Cómo especializarse en el tema de los condominios?

De acuerdo a lo revelado por la abogada Altuve, existe una especialidad en derecho condominial, que aspira a formar juristas que dominen las 57 leyes por las cuales se rige un condominio. El diplomado, se realiza en Caracas y Valencia, gracias a un acuerdo con la Universidad de Carabobo.


IMPORTANTE SABER

Anteriormente era obligatorio que el condominio asignará una vivienda al conserje en donde pudiera pernoctar. Con la nueva Ley de Empleados Residenciales, no es preciso que las juntas directivas de los condominios cumplan con esta característica.

Carla Planas
cplanas@elperiodiquito.com

Fuente: http://www.elperiodiquito.com/article/106358/-Los-condominios-ahora-son-concebidos-como-grupos-empleadores-formales-

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